La institución parlamentaria en la historia de Cataluña

Los precedentes

La institución parlamentaria en Cataluña tiene sus fundamentos en época muy lejana. Estos fundamentos fueron las y la Corte condal. La Corte condal catalana se formó durante el siglo XI, de acuerdo con el modelo de la Curia real franca, a medida que los condes de Barcelona se consolidaron como príncipes soberanos. Estaba integrada por los magnates civiles y eclesiásticos, altos consejeros y jueces. Tenía un carácter mixto, como organismo colaborador en la toma de decisiones del soberano tanto en los aspectos legislativos y fiscales como en el ejercicio de la potestad judicial.

Miniatura que representa al rey Alfonso I el Casto (1154-1196), presidiendo una asamblea de Paz y Tregua (Códice de los Usatges, Archivo de la Paeria, Lérida.)

Miniatura que representa al rey Alfonso I el Casto (1154-1196), presidiendo una asamblea de Paz y Tregua (Códice de los Usatges, Archivo de la Paeria, Lérida.)

Las fueron promovidas por el estamento eclesiástico y asumidas por el poder soberano, los condes de Barcelona, con el objetivo de asegurar períodos de interrupción de las continuas guerras privadas entre señores feudales y de establecer un sistema de garantías e indemnidades para la clerecía y la población civil; también tomaron acuerdos de carácter fiscal. La primera asamblea tuvo lugar en Toluges, condado del Rosellón, en 1027, con la presencia del obispo Oliba, de Vic. En el siglo siguiente no se convocaron muchas asambleas y la mayoría de acuerdos de paz y tregua se tomaron en la misma Corte del príncipe (conde de Barcelona y rey de desde 1137). De esta forma entroncaron ambas instituciones. Muchas disposiciones de paz y tregua fueron codificadas en los Usatges de Barcelona y se incorporaron al derecho civil y constitucional bajomedieval y moderno; algunas han pervivido en el derecho civil actual.

Las Cortes generales de Cataluña

Boj que representa al rey Jaime I el Conquistador (1208-1276) presidiendo una sesión de las Cortes. (Incunable de las Constitucions de Catalunya. Archivo de la Corona de Aragón, Barcelona).

Boj que representa al rey Jaime I el Conquistador (1208-1276) presidiendo una sesión de las Cortes. (Incunable de las Constitucions de Catalunya. Archivo de la Corona de , Barcelona).

Durante el reinado de Jaime I el Conquistador (1213-1276), la Corte condal se transformó en Cortes Generales de Cataluña al ampliar progresivamente el número de miembros convocados y, sobre todo, al consolidarse la incorporación del estamento burgués, representado por los prohombres de villas y ciudades. Pero el paso decisivo se dio en el reinado de su hijo, Pedro II el Grande (1276-1285), cuando, en las Cortes de Barcelona de 1283, mediante la constitución Volem, estatuïm, se estableció el sistema de soberanía pactada característico del derecho constitucional medieval y moderno. Según este sistema, sólo eran válidas las normas surgidas de las Cortes por acuerdo entre el soberano y los estamentos de la tierra, fuesen a iniciativa del primero (constitucions) o de los segundos (capítols de cort). También debían ser sancionadas por las Cortes las disposiciones promulgadas por el rey en el intervalo en que las Cortes no estaban reunidas (actes de cort, privilegis, pragmàtiques y altres drets).

Las Cortes catalanas se componían de tres brazos: el brazo militar, que reunía a los representantes de la nobleza; el brazo eclesiástico, con los representantes de la jerarquía religiosa, y el brazo real, con los representantes de los municipios. De hecho, siempre quedaron excluidos de representación amplios sectores del país, como el campesinado y la menestralía. Por esto y por el sistema de elección, las Cortes, aunque fuesen una institución muy avanzada para la época, respondían a la concepción política y la estructura social de la sociedad feudal y estamental y no pueden ser consideradas según los conceptos propios de las democracias contemporáneas. Las Cortes sólo podían ser convocadas por el rey, en cualquier ciudad de Cataluña, y debían ser presididas por él personalmente, o por su lugarteniente en casos de impedimento. A pesar de los sucesivos intentos de fijar una cierta regularidad de convocatoria, la irregularidad fue la constante. Hubo monarcas que las convocaron con mucha frecuencia y otros escasamente, según las conveniencias políticas de cada reinado. Una vez convocadas, los miembros de los brazos tenían la obligación de asistir a las mismas, salvo justo y legítimo impedimento. Había una sesión plenaria de apertura, en que el rey hacía su proposició, explicando su proyecto político y lo que pretendía obtener, a la cual respondían los brazos. El trabajo de deliberación se hacía en cámaras separadas para cada brazo, con compromisarios entre ellas y el rey, llamados tractadors, para consensuar los acuerdos, los cuales eran leídos y votados en sesión plenaria. En una sesión plenaria final el rey sancionaba solemnemente los acuerdos adoptados. Una convocatoria de Cortes podía durar semanas o meses, e incluso a veces más de un año, con interrupciones más o menos largas.

Interior de la iglesia de Sant Miquel, de Montblanc, donde se reunieron las Cortes varias veces durante el siglo XIV y una vez en el siglo XV.

Interior de la de Sant Miquel, de Montblanc, donde se reunieron las Cortes varias veces durante el siglo XIV y una vez en el siglo XV.

Durante el reinado de Pedro III el Ceremonioso (1336-1387) se creó y se consolidó la institución de la Diputación del General (la reunión de las Cortes era llamada General de Cataluña), con atribuciones delegadas para recaudar y administrar el subsidio que las Cortes otorgaban al rey. Progresivamente, la Diputación del General o Generalidad cobró más autonomía y acumuló atribuciones ejecutivas y gubernativas, hasta actuar, durante los siglos XVI y XVII, como gobierno del Principado, defensor de su sistema constitucional ante los monarcas de la Casa de Austria, alejados del país y de sus intereses, los cuales, a partir del reinado de Felipe I (II de Castilla, 1556-1598), convocaron muy escasamente las Cortes e intentaron gobernar autocráticamente.

Patio central de la sede de la Diputación del General o Generalidad en Barcelona, palacio construido entre los años 1432 y 1439 por el maestro Lluís Safont. Es también la sede de la Presidencia y el Gobierno de la Generalidad instituída en 1932 y restablecida en 1977.

Patio central de la sede de la Diputación del General o Generalidad en Barcelona, palacio construido entre los años 1432 y 1439 por el maestro . Es también la sede de la Presidencia y el Gobierno de la Generalidad instituída en 1932 y restablecida en 1977.

El primer monarca de la dinastía borbónica, Felipe V (1700-1746), respetó los derechos del pueblo con la convocatoria de las Cortes en los años 1701 y 1702. Pero Cataluña se decantó por el archiduque Carlos de Austria en la Guerra de Sucesión y le reconoció como rey. La pérdida de la guerra, con la caída de Barcelona en 1714, comportó que el vencedor aboliese, mediante el Decreto de Nueva Planta (1716), todo el derecho público y las instituciones que lo encarnaban, entre las cuales y en primer lugar, las Cortes.

El derecho catalán fué objeto de sucesivas compilaciones oficiales acordadas por las Cortes. Portadas de las compilaciones editadas en 1588 (izquierda) y 1704 (derecha), que fué la última. (Instituto Municipal de Historia, Barcelona.)

El derecho fué objeto de sucesivas compilaciones oficiales acordadas por las Cortes. Portadas de las compilaciones editadas en 1588 (izquierda) y 1704 (derecha), que fué la última. (Instituto Municipal de Historia, Barcelona.)

Grabado de época que representa a las tropas vencedoras quemando las banderas de la Generalidad, después de la ocupación de Barcelona en 1714. (Museo de Historia de la Ciudad, Barcelona.)

Grabado de época que representa a las tropas vencedoras quemando las banderas de la Generalidad, después de la ocupación de Barcelona en 1714. (Museo de Historia de la Ciudad, Barcelona.)

El Parlamento de Cataluña

Desde entonces el pueblo ha aspirado a recuperar las libertades perdidas. La Mancomunidad de Cataluña (1914-1925) constituyó un primer paso institucional en la recuperación del autogobierno, pero fue abolida por la Dictadura de Primo de Rivera. Caída la dictadura, se proclamó la Segunda República Española, y se constituyó un gobierno provisional (1931) que tomó el nombre de Generalidad de Cataluña, en recuerdo de la antigua institución de autogobierno. Plebiscitado por la gran mayoría del pueblo en 1931, el Estatuto de autonomía, que legitimaba y organizaba definitivamente el autogobierno , fue aprobado por las Cortes de la República en 1932. Este autogobierno se institucionalizaba, con el nombre definitivo de Generalidad de Cataluña, en un poder , llamado Parlamento de Cataluña; un poder ejecutivo, integrado por el presidente de la Generalidad, que la representaba al más alto nivel, y el Consejo Ejecutivo, así como un poder judicial, que culminaba en el Tribunal de Casación.


Foto de la sesión inaugural del Parlament de Cataluña, celebrada el día 6 de diciembre de 1932. En la presidencia, el M. H. Sr. Lluís Companys; en pie, en el banco del Gobierno, el presidente de la Generalidad, M. H. Sr. Francesc Macià.

(Foto de la sesión inaugural del Parlamento de Cataluña, celebrada el día 6 de diciembre de 1932. En la presidencia, el M. H. Sr. Lluís Companys; de pie, en el banco del Gobierno, el presidente de la Generalidad, M. H. Sr. Francesc Macià.)

De este modo se reanudaba la tradición parlamentaria de Cataluña, interrumpida en 1714. Las primeras elecciones al Parlamento de Cataluña tuvieron lugar el 20 de noviembre de 1932 y la sesión constitutiva se celebró el 6 de diciembre del mismo año. El primer presidente del Parlamento fue Lluís Companys. El Parlamento tuvo que trabajar en un contexto político, tanto como español e internacional, convulso; fue interrumpido durante dos años, el llamado Bienio Negro (1934-1936), y finalmente la propia institución parlamentaria fue abolida, con los demás órganos de la Generalidad, por el triunfo de la sublevación contra la República Española (1939). A pesar de unas circunstancias tan adversas, el Parlamento, durante esta época, llevó a cabo una importante tarea legislativa y aprobó leyes muy avanzadas.


Foto de la sesión inaugural del Parlamento restablecido, celebrada el día 10 de abril de 1980. Llegada del presidente de la Generalidad provisional, M. H. Sr. Josep Tarradellas, para presidir el acto.

(Foto de la sesión inaugural del Parlamento restablecido, celebrada el día 10 de abril de 1980. Llegada del presidente de la Generalidad provisional, M. H. Sr. Josep Tarradellas, para presidir el acto.)

Durante el largo período de la dictadura franquista (1939-1975) se malograron las aspiraciones del pueblo al autogobierno. En el proceso de restablecimiento de la en el Estado español, Cataluña pudo recuperar la Generalidad, con carácter provisional, con el retorno, en 1977, de su presidente en el exilio, Josep Tarradellas. Una vez aprobada la Constitución española en 1978 y aprobado y refrendado el Estatuto de autonomía de Cataluña en 1979, la Generalidad quedó restablecida de forma definitiva. Las primeras elecciones al Parlamento de Cataluña restablecido tuvieron lugar el 20 de marzo de 1980 y la sesión constitutiva se celebró el 10 de abril del mismo año.

Veintisiete años después de la entrada en vigor del Estatuto de 1979, el Parlamento de Cataluña aprueba una propuesta de nuevo Estatuto que, tras ser tramitado en las Cortes Generales, es refrendado por el pueblo el 18 de junio de 2006. El nuevo Estatuto de autonomía de Cataluña entra en vigor el 9 de agosto de 2006.

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